Viña del Mar: asaltante que se hizo pasar por carabinero fue condenado a 10 años de presidio

Publicado el at 28/07/2020
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Fiscalía de Viña del Mar logró condena por robo con violencia e intimidación contra imputado que actuó junto a 2 sujetos para robar 1 celular y 12 mil pesos 

VIÑA DEL MAR.–  La Fiscalía de Viña del Mar logró una contundente sentencia contra Felipe Nicolás Álvarez Guajardo, imputado por el delito de robo con intimidación tras los hechos ocurridos el pasado 23 de septiembre, donde junto a otros dos sujetos, se hizo pasar por funcionario de carabineros para cometer un asalto en pleno centro de la comuna. 

El hecho tuvo lugar en calle Arlegui con San Luis,  cuando la víctima fue interceptada por Felipe Nicolás Álvarez Guajardo y otros dos sujetos. Según relató en el juicio la Fiscal Romyna Ahumada, “le detienen el paso y le muestran una placa de Carabineros fingiendo ser funcionarios de la institución. Le señalan que se trata de un procedimiento policial y le exigen la entrega de su teléfono celular, mientras el imputado simulaba grabarlo gritando “Es él, es él”. Mientras otro de los involucrados “sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, su billetera desde el bolsillo del pantalón con $ 12.000 en dinero en efectivo, dándose a la fuga con las especies en su poder”.

Ese día los tres delincuentes se dieron a la fuga y horas más tarde lograron ser detenidos por Carabineros en sector de 4 poniente, cuando intentaban sustraer especies de vehículos estacionados; oportunidad donde uno de los imputados volvió a mostrar la placa falsa  a los efectivos de la institución.

Tras el juicio en contra del imputado Álvarez Guajardo se logró acreditar por parte del Ministerio Público que existía el delito de robo con violencia e intimidación, pese a que la defensa del imputado, señalaba que sólo existía un robo por sorpresa. El Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar, señaló lo siguiente: “Que los hechos establecidos en el considerando séptimo, constituyen el delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1º del Código Penal, toda vez que se acreditó la apropiación de especies muebles ajenas (dinero y teléfono móvil), con ánimo de lucro, en contra de la voluntad del dueño y mediante intimidación, ya que si bien los acusados en un primer momento se acercan a la víctima simulando un procedimiento policial, dicha conducta rápidamente muta a una agresiva (“brusco”, “tira y afloja” en los términos del testigo), aprovechando su superioridad numérica y exigiendo la entrega de las especies, de las que finalmente se apropian con sus manos, ya que abiertamente le quitan el celular, mientras que la billetera cae en el forcejeo, por lo que la entrega de las especies corporales muebles que el afectado llevaba consigo, bajo ningún concepto puede entenderse como voluntaria, pues fue abiertamente coaccionado por los agentes y su superioridad numérica, consiguiendo anular su voluntad o posibilidad de defensa, quitándole sus pertenencias pese a su inicial resistencia, ya que incluso pone sus manos en los bolsillos para que no se las saquen”.

Fue así que el pasado 2 de junio, Álvarez Guajardo fue encontrado culpable y condenado a cumplir 10 años y un día de presidio. Sin embargo, su defensa presentó un recurso de nulidad, que  el pasado 22 de julio fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso. En relación a los otros dos imputados en este caso, la audiencia de preparación de juicio oral ha sido reprogramada en varias oportunidades a raíz de la pandemia, pero se espera que en los próximos meses se pueda llevar a cabo la audiencia y con ello se agende el inicio del juicio oral.

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