Subsidio Único Familiar: ¿Cuáles son los requisitos y cómo se postula?

Publicado el at 10:22 am
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NACIONAL.- El Subsidio Único Familiar (SUF), está destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional.

El monto del Subsidio Familiar es de $13.155 por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble ($26.310).

Este beneficio se entrega a la madre, padre o en su defecto guardador o cualquier persona que tenga a cargo a menores de edad.

Como medida especial por la contingencia que vive el país por el coronavirus, el Gobierno anunció que los Subsidios vencidos hasta junio de 2020 se seguirán entregando hasta este mes de octubre de 2020.

El Subsidio Familiar no es compatible con los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares), el goce de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y/o el subsidio de discapacidad mental.

¿CÓMO POSTULAR?

Las solicitudes para el Subsidio Único Familiar deben presentarse ante la municipalidad correspondiente, la que verifica la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos antes señalados mediante declaraciones, informes escritos u otras diligencias confirmen la procedencia del beneficiario.

Por lo general, los documentos solicitados son:

– Certificado de nacimiento de la o el menor.
– Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
– Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
– Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
– Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
– En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
– Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

Una vez comprobada la calidad de beneficiario y el cumplimiento de los requisitos, el alcalde respectivo emite una resolución fundada de reconocimiento, la que es inscrita en un registro especial y luego es enviada al Instituto de Previsión Social (IPS) para el pago del beneficio.

Más información sobre el Subsidio Único Familiar aquí: https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/33112-subsidio-familiar-suf

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