Justicia procesó ex agentes del Estado por secuestro y tortura durante la dictadura en Quillota y Valparaíso

Publicado el at 1:33 pm
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Los hechos ocurrieron el año 1974 en las comunas de Quillota y Valparaíso

VALPARAÍSO-QUILLOTA.- El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones de los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso a nueve ex agentes del Estado, por su responsabilidad en los delitos de detención ilegal, secuestro y aplicación de tormentos a Carlos Francisco Otazo Román. Ilícitos perpetrados, en abril de 1974.

En la resolución (causa rol 258-2017), el ministro Arancibia sometió a proceso en calidad de autores de los delitos a: Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaure, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Gilda Ulloa Valle, Alejo Esparza Martínez, Sergio Hevia Febres, Jaime Segundo Lazo Pérez, Héctor Santibáñez Obreque y Bertalino Segundo Castillo.

Según indicó el ministro Arancibia, “con fecha 23 de abril de 1974 el ofendido Carlos Francisco Otazo Román fue detenido en la vía pública en la localidad de Quillota, siente que le pusieron un arma en la espalda y lo suben a un auto, cubriendo su rostro con su jersey. Es trasladado al Cuartel Silva Palma, ubicado en Playa Ancha de esta ciudad, lo que advierte por el sonido de los pitos de los buques y por la brisa marina. Al llegar le quitan el jersey y le colocan una capucha, lo hacen subir unas escaleras, lo dejan en una sala común que estaba al lado de la cancha donde había otros prisioneros”.

“Al día siguiente lo llevan a la pieza de interrogatorios, siendo este bastante duro, con gritos, amenazas, golpes de pies y puños, le aplican corriente en pies y manos. Sus interrogadores le dicen que no le creen nada, señalándole que no le quieren pegar más, que llevaran a Silvio Pardo para hacerles un careo, le dicen que ellos ya lo saben todo. Silvio Pardo, le pedía que hablara”.

“Tiene un segundo interrogatorio, tampoco le creen, lo ingresan a una sala de incomunicados permaneciendo varios días en esta parte. No recuerda cuantas veces más lo interrogaron. Agrega que lo dejaron por varios días en ‘plantón’ en la cancha de este cuartel, pudiendo escuchar varios interrogatorios y los tormentos que aplicaban a los otros detenidos, los ruidos y los golpes que hacían para atormentarlos. Posteriormente ingresó a la Cárcel Pública hasta el mes de junio de 1975. Fue condenado por el Consejo de Guerra a siete años y un día, conmutándose la pena por extrañamiento configurándose de este modo los delitos de: Detención Ilegal, Secuestro con Grave Daño y Aplicación de Tormentos“.

Finalmente, la resolución de la Corte indicó que “teniendo presente la situación sanitaria del país con ocasión del COVID-19, y siendo la mayoría de las procesadas personas de la tercera edad, manténganse estos detenidos en sus respectivos domicilios, bajo custodia de Carabineros de su sector, en tanto se aprueba la resolución que les concederá la libertad provisional y que será dictada a continuación en trámite de consulta ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso”.

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