Gastos comunes: ¿qué cubren y cómo se define el monto a pagar?

Publicado el at 08/07/2019
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Estos no deben ser confundidos con los cobros individuales de cada habitante ni con los fondos de reserva para reparaciones y situaciones y/o accidentes inesperados

INMOBILIARIO.- Cada día son más los proyectos inmobiliarios que permiten vivir en comunidad y un espacio seguro en nuestro país. Por tanto, para lograr una armonía y transparencia entre quienes conviven en dichos condominios o edificios, es fundamental la organización de la administración en cuanto a los consumos y beneficios que se deben mantener.

En la actualidad se administran más de 2500 millones de dólares anuales por concepto de gastos comunes, lo que equivale a mil 625 millones en pesos chilenos aproximadamente, cifra importante si se considera que viene de nuestros bolsillos. Sin embargo, sabemos realmente qué son, qué cubren, cómo se calculan y por qué deben pagarse obligatoriamente los gastos comunes de cada complejo habitacional.

¿A QUÉ CORRESPONDEN LOS GASTOS COMUNES?

Según la Ley 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria, los gastos comunes son el conjunto de gastos, generados por el edificio o condominio, y que tienen por objetivo administrar, reparar, usar, consumir y mantener los bienes de dominio común, con el fin principal resguardar el  buen funcionamiento de éstos, incluso aquellos que se destinan para realizar obras comunes.

De acuerdo al tipo de gasto, el artículo número dos de la ley indica que existen dos tipos, “ordinarios” y “extraordinarios”. Los primeros se refieren a los gastos que realiza netamente la administración para el buen funcionamiento del lugar. Mientras que los otros a proyectos que los copropietarios desean generar.

TIPOS DE GASTOS

Los “ordinarios” se dividen en cuatro categorías que son “administrativos”, que se refiere al pago de sueldos y previsión del administrador, personal de servicio y conserjería; “mantención” que asegura el buen funcionamiento de áreas comunes, como piscinas, iluminación, pintura, ascensores, además de considerar los elementos necesarios para ello, como por ejemplo, los artículos de aseo; “reparación” para arreglar o comprar repuestos que puedan necesitar los equipos en mal estado y que son de uso común; y “de uso y consumo” que se refiere a la luz, agua, calefacción, entre otros, que se utilicen por la comunidad en espacios comunes.

En cuanto a los “extraordinarios”, éstos no siempre se cobran y corresponden a proyectos específicos que los propietarios han coordinado para realizar dentro del condominio o edificio y que no necesariamente son para el correcto funcionamiento del lugar. Alguno de ellos pueden ser la decoración del frontis o bien la construcción de un quincho u otro espacio de recreación.

¿QUIÉNES DEBEN PAGAR DICHOS GASTOS?

Cabe mencionar que todos los copropietarios que viven o arriendan en el lugar, son los encargados de pagar obligatoriamente y de forma mensual, de acuerdo al derecho y responsabilidad sobre el correcto funcionamiento y uso de bienes comunes. Éstos se calculan, tomando en consideración el avalúo fiscal de la propiedad y corresponde a una distribución porcentual de los gastos comunes, la cual se llama “prorrateo” y se realiza en función del tamaño de los inmuebles y áreas compartidas. Por ejemplo, un departamento de 150 metros cuadrados pagará el doble que uno de 70 metros cuadrados aproximadamente.

Asimismo, no se deben confundir con los cobros individuales de cada habitante ni los fondos de reserva, que se refiere al porcentaje adicional que plantea el reglamento de copropiedad y que tiene como fin ahorrar para reparaciones y situaciones y/o accidentes inesperados.

¿QUÉ SUCEDE SI NO PAGO LOS GASTOS COMUNES?

Finalmente, es importante recordar que el no pago oportuno de los gastos comunes arriesga multas  y sanciones, las que pueden variar según el reglamento y acuerdos que existan en el lugar, pero que generalmente son la aplicación del interés máximo por cada día de atraso y corte de suministros de agua, gas o luz de forma escalonada, es decir, si se atrasó un mes se le corta el gas y si al mes siguiente sucede lo mismo, se suma el corte de agua, motivo por el cual es importante revisar detalladamente las colillas de pagos y regularizar en caso de estar atrasado.

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